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Preguntas Frecuentes

• Me cubre la póliza si fallezco en un accidente estando en estado de ebriedad?

El riesgo de accidente en estado de embriaguez es cubierto en las pólizas de Vida.

• ¿Si participo en competencias como conductor?

Las competencias están excluidas tanto para vida como para accidentes personales, salvo en vida esta sea cubierta mediante una extraprima (sujeto a evaluación oficina nacional)

• ¿Puedo cambiar a un plan mayor de cobertura?

Si se puede, siempre y cuando el plan actual sea anulado y se emita un nuevo contrato, vale decir que no se puede manteniendo la póliza o en su defecto mantener el seguro actual vigente y tomar otro nuevo por la diferencia.

• ¿Qué es renovación automática?

La renovación es anual renovable, sujeto a los requisitos de asegurabilidad.

• ¿Puedo omitir al beneficiario o nombrar simplemente a mis herederos?

Puede optar por beneficiarios nominados y por dejar a herederos legales (sujeto a presentación de declaratoria ejecutoriada)

• ¿Quién puede ser mi beneficiario?

La nominación de beneficiarios es de libre elección por parte del asegurado, siempre y cuando exista el interés asegurable.

• ¿La cobertura adicional de sepelio me da servicio de velatorio y entierro?

No, en la cobertura de Sepelio se indemniza el capital por el que este asegurado, vale decir que la compañía se limita a entregar el Capital asegurado por dicha cobertura, siendo de libre disponibilidad del beneficiario.

• ¿Puede un menor de edad ser beneficiario?

Puede ser, siempre y cuando exista la nominación de un fideicomisario.

• ¿Si yo desarrollo una enfermedad que yo considero como grave, tengo cobertura bajo esta póliza?

Siempre y cuando la enfermedad grave se encuentre “nominada” en las condiciones del contrato y haya pasado el periodo inicial y de carencia.

• ¿Si he tenido síntomas o diagnósticos de cáncer antes de contratar la póliza, ésta me cubrirá alguna vez?

No, debido a que se tiene como antecedente una enfermedad pre-existente.

• ¿Puedo aumentar la suma asegurada en un futuro?

Bajo un nuevo contrato o tomando uno adicional por la diferencia.

• ¿Puedo hacerme curar donde yo quiera?

En el caso de Gatos Médicos, dado que es una cobertura ha reembolso, se puede asistir a cualquier centro médico y solicitar la factura a nombre de Nacional Vida Seguros de Personas S.A. NIT. 1028483024.

• ¿Qué es el deducible?

Es el monto del riesgo asumido por el Asegurado.

• ¿Qué es la invalidez total y permanente?

Es la disminución funcional del organismo que le imposibilita realizar sus funciones normales, esta puede darse por enfermedad o por accidente.

La invalidez se mide mediante porcentaje. En el caso de la Invalidez Total y Permanente el mismo tiene que ser mayor a 70% y verificado por un perito medico ya sea de la compañía o del ente regulador (ASFI)

• ¿Si me enfermo se cubren los gastos médicos?

La cobertura de Gastos Médicos es exclusivamente por causas accidentales.


 
 

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