• Me cubre la póliza si fallezco en un accidente estando en estado de ebriedad?
El riesgo de accidente en estado de embriaguez es cubierto en las pólizas de Vida.
• ¿Si participo en competencias como conductor?
Las competencias están excluidas tanto para vida como para accidentes personales, salvo en vida esta sea cubierta mediante una extraprima (sujeto a evaluación oficina nacional)
• ¿Puedo cambiar a un plan mayor de cobertura?
Si se puede, siempre y cuando el plan actual sea anulado y se emita un nuevo contrato, vale decir que no se puede manteniendo la póliza o en su defecto mantener el seguro actual vigente y tomar otro nuevo por la diferencia.
• ¿Qué es renovación automática?
La renovación es anual renovable, sujeto a los requisitos de asegurabilidad.
• ¿Puedo omitir al beneficiario o nombrar simplemente a mis herederos?
Puede optar por beneficiarios nominados y por dejar a herederos legales (sujeto a presentación de declaratoria ejecutoriada)
• ¿Quién puede ser mi beneficiario?
La nominación de beneficiarios es de libre elección por parte del asegurado, siempre y cuando exista el interés asegurable.
• ¿La cobertura adicional de sepelio me da servicio de velatorio y entierro?
No, en la cobertura de Sepelio se indemniza el capital por el que este asegurado, vale decir que la compañía se limita a entregar el Capital asegurado por dicha cobertura, siendo de libre disponibilidad del beneficiario.
• ¿Puede un menor de edad ser beneficiario?
Puede ser, siempre y cuando exista la nominación de un fideicomisario.
• ¿Si yo desarrollo una enfermedad que yo considero como grave, tengo cobertura bajo esta póliza?
Siempre y cuando la enfermedad grave se encuentre “nominada” en las condiciones del contrato y haya pasado el periodo inicial y de carencia.
• ¿Si he tenido síntomas o diagnósticos de cáncer antes de contratar la póliza, ésta me cubrirá alguna vez?
No, debido a que se tiene como antecedente una enfermedad pre-existente.
• ¿Puedo aumentar la suma asegurada en un futuro?
Bajo un nuevo contrato o tomando uno adicional por la diferencia.
• ¿Puedo hacerme curar donde yo quiera?
En el caso de Gatos Médicos, dado que es una cobertura ha reembolso, se puede asistir a cualquier centro médico y solicitar la factura a nombre de Nacional Vida Seguros de Personas S.A. NIT. 1028483024.
• ¿Qué es el deducible?
Es el monto del riesgo asumido por el Asegurado.
• ¿Qué es la invalidez total y permanente?
Es la disminución funcional del organismo que le imposibilita realizar sus funciones normales, esta puede darse por enfermedad o por accidente.
La invalidez se mide mediante porcentaje. En el caso de la Invalidez Total y Permanente el mismo tiene que ser mayor a 70% y verificado por un perito medico ya sea de la compañía o del ente regulador (ASFI)
• ¿Si me enfermo se cubren los gastos médicos?
La cobertura de Gastos Médicos es exclusivamente por causas accidentales. |